Monitorio de cese de copropiedad
El Art.391 el Código Procesal Civil, señala: “Podrá demandarse el cese del estado de copropiedad común o sin indivisión forzosa que haya tenido origen contractual, cuando exista imposibilidad de la cómoda división del bien, para su venta en pública subasta.” Según la doctrina el condominio o copropiedad puede ser de origen ganancial, sucesorio, o contractual, por […]
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